La anulación del PGOM de la localidad de Abegondo ha creado un serio precendente en el desarrollo urbanístico de Galicia. El Supremo entendió como incorrecta la clasificación de suelo urbano de determinados ámbitos del municipio cuando existía una carencia de servicios necesarios, de consolidación y una clara falta de integración en la malla urbana. Además, se apuntó a la falta de justificación de la previsión de crecimiento demográfico y de planificación, una consideración que hasta la fecha no se había considerado nunca para anular este tipo de plan.
La iniciativa la lideró la Plataforma de Afectados por este documento, a los que defendió nuestra abogada Marta Pato. La victoria lograda en los tribunales crea una jurisprudencia que evitará conductas especulativas.
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