La reciente sentencia del Tribunal Supremo (1ª) nº 218/2018, de 12 de abril, resuelve un caso de flagrante deslealtad de un socio y administrador de una sociedad limitada que, ante la inminente pérdida de control societario, decide extraer el patrimonio social reubicándolo en otra sociedad constituida a tal efecto junto a su mujer.
Pese a que el supuesto constituye un grosero ejemplo de lesión del interés social con infracción de los deberes básicos de los administradores, la forma en que se denuncia el ilícito provoca más de un quebradero de cabeza a la parte actora…
Lo analizamos en esta nueva entrada del blog Affectio societatis