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¿Se puede despedir a un trabajador que acude varios días a su puesto de trabajo con síntomas compatibles con la covid-19?

Ignacio E. Alén
Para despedir a un trabajador por trabajar con síntomas compatibles con la covid-19 hay notificarle previamente que incumple el protocolo
Para despedir a un trabajador que ha ido a su puesto con síntomas compatibles con la covid-19, es indispensable haberle notificado el protocolo de actuación

La covid-19 sigue generando dudas en lo que respecta a los derechos y deberes de los trabajadores. Por ejemplo, ¿qué pasa cuando un trabajador acude a su puesto con síntomas compatibles con la covid-19?

La pandemia ha provocado que empleados, empresarios y la propia Administración de Justicia se pongan en escenarios que no habían contemplado con anterioridad. En este artículo respondemos a una pregunta importante en medio de la sexta ola del coronavirus:

¿Se puede despedir a un trabajador que acude varios días a su puesto de trabajo con síntomas compatibles con la covid-19?

Una reciente sentencia, de fecha 3 de septiembre de 2021, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Burgos), califica como improcedente el despido comunicado a un vigilante de seguridad que acudió tres días a su puesto de trabajo con síntomas compatibles con la covid-19. Estando en contacto con otros compañeros de trabajo y con otras personas usuarias de las instalaciones en donde el trabajador tenía su centro de trabajo.

La empresa procede a despedir al trabajador por no cumplir el protocolo de actuación existente sobre la manera de proceder en caso de presentar síntomas compatibles con la covid-19. O haber estado en contacto con personas de riesgo. No acreditándose la notificación al trabajador del citado protocolo.

Por lo tanto, si la empresa no ha notificado al trabajador cuál es el protocolo a seguir, en caso de tener síntomas compatibles con la covid-19, no puede despedirle por no haberlo seguido.

Con este argumento el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León califica como improcedente el cese comunicado al empleado que fue a trabajar, a pesar de tener síntomas de esta enfermedad. Además, se recoge en la sentencia, que la empleadora tampoco le dio ninguna instrucción a seguir respecto a su enfermedad ni le ordenó abandonar su puesto de trabajo.

El trabajador no conocía el protocolo

En la sentencia, se fundamenta la improcedencia, en que el trabajador no conocía las órdenes e instrucciones fijadas por parte de la empresa ante un posible contagio por covid-19. Por lo que no se le podía sancionar por acudir con síntomas, ya que no existe la gravedad ni la culpabilidad en la conducta realizada exigida, para justificar el despido disciplinario comunicado por parte de la empresa.

En definitiva, el Tribunal ha declarado que la extinción del contrato comunicada es improcedente, porque la empresa no comunicó a los empleados los pasos a seguir en los casos que no había prueba evidente de contagio, sino tan sólo síntomas. Determinando los jueces actuantes que «difícilmente puede achacarse al trabajador una actitud incumplidora consciente y/o abusiva cuando no se contempla una cabal conocimiento por su parte del comportamiento exigido por la empresa ni una actitud proactiva de esta orden a facilitárselo».

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