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¿Pueden despedirme por no llevar mascarilla en el trabajo?

Vento
Javier de Cominges, letrado de Vento Abogados & Asesores, analiza las dudas sobre el uso de la mascarilla en las empresas y la posibilidad de que pueda ser causa de despido si el empleado se niega a usarla

Javier de Cominges aclara en el consultorio laboral de La Voz de Galicia las dudas que han surgido sobre una situación cotidiana planteada por la pandemia del Covid-19

Que la pandemia desatada por el Covid-19 ha cambiado nuestras vidas es un hecho incontestable. Lo ha hecho, además, en todos los planos. En cómo nos relacionamos con nuestras familias o nuestros amigos. En cómo salimos a la calle. Por supuesto, también en nuestro día a día en el trabajo. Javier de Cominges, letrado laboralista de Vento Abogados & Asesores, analizaba este fin de semana en el consultorio laboral de La Voz de Galicia precisamente esta última cuestión. Aclarando las dudas alrededor de uno de esos cambios inducidos por la situación que vivimos y que han revuelto también las aguas del derecho: ¿Pueden despedirme por no llevar mascarilla en el trabajo?

Esta es la respuesta que nuestro experto ofrecía a tan espinosa cuestión:

Los nuevos tiempos de Covid hacen que estén de actualidad problemas clásicos del derecho laboral adaptados a la nueva situación provocada por la pandemia. Sin embargo, la respuesta no es tan sencilla como para dar un si o un no porque depende de diversas variables.

En primer lugar, hay que valorar el tipo de trabajo que se desarrolla y si éste puede provocar un riesgo de contagio por no mantener las distancias de seguridad. No es lo mismo una transportista que presta servicios sola que un administrativo que comparte espacio de trabajo.

También es un punto muy relevante las órdenes e instrucciones que hayan sido impartidas por el empresario, que se basen en la normativa vigente y hayan sido avaladas por los servicios de prevención. Otras veces nos encontramos con que son conductas conocidas y, por lo tanto, permitidas por parte de la empresa. con lo que por muy sancionable que sean socialmente no podrían provocar su despido.

Por último, hay que determinar si la conducta efectuada por el trabajador es grave y culpable y, por lo tanto, es proporcionado aplicar la sanción más grave que existe en el ámbito de las relaciones laborales cual es el despido. Puede ser que, según el caso, resulte más adecuado aplicar otra medida menos enérgica como la suspensión de empleo y sueldo durante unos días.

Sobre lo que no hay ninguna duda es que el incumplimiento de una medida que tiene un carácter preventivo, aunque ponga en riesgo solo la salud individual del trabajador, puede acarrear el despido disciplinario.

Así pasa habitualmente con operarios que no se han puesto el casco o el arnés en la construcción. Con lo que también resulta relevante poder valorar el riesgo que implica tanto para su salud como para la de terceros el no usar la mascarilla.

Recientemente se ha dictado una sentencia por un Juzgado de Santander en la que confirma el despido de una dependienta de una pescadería que, además de no llevar puesta la mascarilla, se enfrentó al cliente que se lo recriminó y a su encargada. Con lo que nos encontramos ante una suma de infracciones.

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