fbpx

¿Me pueden despedir por hacer una reclamación interna en mi empresa?

Yalaisa Lombán Fernández
Si un trabajador es despedido tras presentar una reclamación interna sin causa real, el despido puede ser declarado nulo
Un empresa no puede despedir a un trabajador por realizar una reclamación interna

En la relación contractual que se establece entre el empresario y la persona trabajadora nacen una serie de obligaciones y derechos recíprocos que se pueden hacer valer, en el caso del trabajador, a través del mecanismo de la reclamación interna.

¿A qué obligaciones y derechos nos referimos? Por ejemplo, por la parte del empleado, el deber de cumplir con las obligaciones laborales y órdenes del empresario. Y, por la parte empresarial, la de respetar las normas laborales y remunerar por los trabajos realizados conforme al contrato de trabajo y convenio colectivo de aplicación, entre otras.

Ante un (supuesto) incumplimiento laboral, el empleado puede realizar una reclamación interna (o judicial) para ejercitar sus derechos frente al empresario. Como puede ser, por ejemplo, una reclamación de horas extraordinarias en el caso de que éstas no hayan sido compensadas económicamente o mediante descansos o cualquier otra reclamación.

En una situación como la mencionada anteriormente, si la persona trabajadora comete un ilícito laboral podrá ser despedido por el empresario por una falta muy grave y culpable. Sin embargo, si ese despido se realiza inmediatamente después de haber presentado esa reclamación interna a la empresa y carece de causa real, podrá ser considerado como represalia empresarial derivada de esa reclamación interna. El Tribunal Supremo en un caso similar ha declarado la nulidad de ese despido (Sentencia del TS de 15 de noviembre de 2022).

Una reclamación interna a la empresa puede activar la cláusula de indemnidad

Reclamación interna, garantía de indemnidad y despido

Como regla general, una reclamación interna o informal presentada a la empresa por parte de una persona trabajadora no activa inmediatamente la garantía de indemnidad (instrumento jurídico que garantiza la efectividad de los derechos fundamentales en relación con el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva reconocido por el art. 24 C.E.).

Pero, si el despido es realizado al día siguiente de presentar la reclamación interna, sin que se pueda acreditar la existencia de ese incumplimiento grave imputable al trabajador que justifica el despido, este despido será declarado nulo debiendo el empresario readmitir a la persona trabajadora en sus mismas condiciones.

En definitiva, una simple reclamación informal por cualquier vía a la empresa (WhatsApp, correo electrónico, etc.) puede accionar la garantía de indemnidad y poner en riesgo la procedencia de un despido al entender que éste ha sido efectuado como represalia empresarial.

Autor