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A la hora de decidir poner en marcha un Plan de retribución flexible para sus plantillas, las empresas deben realizar un análisis de las ventajas que su implantación va a producir, tanto para ellas mismas, como para los empleados.
La retribución flexible es un sistema retributivo voluntario que permite a los trabajadores cobrar parte de sus salarios en especie, por ejemplo, a través de servicios de guardería, vales de comedor o seguros de salud. Beneficiándose de que estos servicios no tributan al IRPF y que, a su vez, las cotizaciones sociales no se ven afectadas. De tal forma que, mediante la retribución flexible, los profesionales pueden maximizar sus salarios y aumentar su poder adquisitivo.
Los departamentos de Recursos Humanos de las empresas y las compañías de servicios jurídicos y asesoramiento como Vento Abogados & Asesores, se encargan de evaluar los efectos de los planes de retribución flexible, de cara a constatar que resulten beneficiosos para las compañías y sus trabajadores, tanto desde el punto de vista laboral como en el ámbito tributario y contable.
A continuación, vamos a desgranar las principales ventajas de implantar la retribución flexible.
Ventajas de los planes de retribución flexible para las empresas
1. Contables
Desde el punto de vista contable, se produce un mero cambio contable, de la cuenta de sueldos y salarios a una cuenta contable de gasto especifico de retribución en especie por el coste de ésta.
Podría darse el caso de que el coste de nómina disminuyese. Imaginémonos, por ejemplo, que la empresa contrata una retribución en especie como un seguro médico privado. Esa póliza, al adherir a muchos trabajadores, hace que la empresa tenga mayor poder de negociación y que, por lo tanto, el coste por empleado disminuya.
2. Deducciones fiscales
Desde el punto de vista fiscal, ambos gastos son fiscalmente deducibles para la empresa.
3. Seguridad Social
En cuanto a la Seguridad Social, la retribución en especie es salario y cotiza a la Seguridad Social según lo dispuesto en el artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social y aplicando unas reglas de valoración establecidas en el artículo 23.1B) de R.D 2064/1995, por el que se aprueba el reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.
4. Clima laboral
Los planes de retribución flexible mejoran el clima laboral y la satisfacción del empleado. Un modelo de retribución flexible contribuye a configurar una plantilla más satisfecha, que siente que la compañía se preocupa por las necesidades personales de los trabajadores.
5. Conciliación laboral
La retribución flexible favorece la conciliación laboral. Puesto que los servicios y productos de la retribución flexible optimizan la conciliación laboral de los trabajadores al facilitarles la vida, como se produce al incluir en el paquete de retribución flexible, por ejemplo, la guardería.
6. Motivación de los empleados
Otra ventaja que debemos destacar es que la retribución flexible refuerza la motivación de los empleados. Ya que estos sienten que la empresa es consciente de sus necesidades individuales diarias, facilitándoles la conciliación y el ahorro. Los trabajadores motivados y comprometidos con la empresa son más eficaces, lo que redunda en una mayor productividad.
7. Imagen de marca
También es importante señalar que este tipo de planes mejoran la imagen de marca de la empresa. La implementación de un sistema de retribución flexible refuerza la marca al adaptarse a las necesidades de cada empleado, diseñando un traje a medida, e introduce a la empresa en políticas de RRHH modernas y eficaces.
Ventajas de los planes de retribución flexible para los trabajadores
1. Aumento del poder adquisitivo
Lo más importante para el trabajador, en lo que respecta a los planes de retribución flexible es saber que estos sistemas aumentan su poder adquisitivo. Puesto que, por la vía fiscal, paga menos impuestos al sustituir nómina (retribuciones dineradas que tributan) por retribuciones en especie que de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la ley del IRPF se consideran rentas exentas, es decir sin coste fiscal para el trabajador. De ahí que aumente su liquido a cobrar al mes. Hablamos de rentas como:
a) Las entregas a empleados de productos a precios rebajados que se realicen en cantinas o comedores de empresa o economatos de carácter social. Tendrán la consideración de entrega de productos a precios rebajados que se realicen en comedores de empresa las fórmulas indirectas de prestación del servicio cuya cuantía no supere la cantidad que reglamentariamente se determine. Con independencia de que el servicio se preste en el propio local del establecimiento de hostelería o fuera de éste, previa recogida por el empleado o mediante su entrega en su centro de trabajo o en el lugar elegido por aquel para desarrollar su trabajo en los días en que este se realice a distancia o mediante teletrabajo.
b) La utilización de los bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado. Tendrán esta consideración, entre otros, los espacios y locales, debidamente homologados por la Administración pública competente, destinados por las empresas o empleadores a prestar el servicio de primer ciclo de educación infantil a los hijos de sus trabajadores, así como la contratación, directa o indirectamente, de este servicio con terceros debidamente autorizados, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
c) Las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad, cuando se cumplan los siguientes requisitos y límites:
- Que la cobertura de enfermedad alcance al propio trabajador, pudiendo también alcanzar a su cónyuge y descendientes.
- Que las primas o cuotas satisfechas no excedan de 500 euros anuales por cada una de las personas señaladas en el párrafo anterior o de 1.500 euros para cada una de ellas con discapacidad. El exceso sobre dicha cuantía constituirá retribución en especie.
d) Las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de viajeros con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo. Con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador. También tendrán la consideración de cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el citado servicio público, las fórmulas indirectas de pago que cumplan las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
2. Tranquilidad para la jubilación
¿Qué sucede con las cotizaciones sociales? ¿Los trabajadores cotizan menos y, por lo tanto, verán mermadas sus pensiones? La respuesta a la segunda pregunta es un rotundo no. Los profesionales que se acojan al plan de retribución flexible pueden estar completamente tranquilos en lo que respecta a sus prestaciones futuras de jubilación, ya que no varían sus cotizaciones sociales.
3. Flexibilidad
En último lugar, debemos destacar una última gran ventaja de los planes de retribución flexible: la flexibilidad.
Acogerse o no a este sistema es una decisión personal y absolutamente voluntaria. Es más, en algunos planes, las retribuciones en especie pueden, incluso, escogerse. Ya que las necesidades de cada empleado son distintas. La experiencia nos demuestra que esta clase de planes de retribución flexible son las más exitosos.