El propietario de una humilde panadería de un barrio de Chile, Gonzalo Montenegro, registró en la Oficina Chilena de Marcas, la marca SUPERPAN. Éste era el apodo que le pusieron a Gonzalo Montenegro cuando era un niño, ya que cuando salía por el barrio a repartir el pan, que previamente había amasado su madre, lo hacía con una cesta pegada a su cuerpo, y portaba una hebilla y una camiseta de Superman, el icónico héroe de DC Comics.
Al hacerse popular con el apodo de Superpan, modificó el diseño de la panadería, incluyendo en un cartel publicitario un dibujo con su super héroe similar a Superman, volando con una capa roja y un brazo extendido, y con las iniciales SP en su pecho. Es decir, no solo había un parecido en el nombre, sino que también utilizaba la imagen de un súpero héroe casi idéntico a Superman.
Cuando Gonzalo fue mayor de edad, además de cambiar el diseño de su negocio, se decidió a registrar la marca en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual de Chile, quien resolvió favorablemente a su favor, concediéndole el registro marcario de SUPERPAN.
Superpan vs. Superman y Agrosuper: la batalla legal
Pero DC Cómics, titular de la marca Superman, demandó al panadero chileno por entender que la marca Superpan infringía los derechos marcarios por el parecido, argumentando que la nueva marca causaba confusión entre los consumidores y perjudicaba a su marca.
A esta demanda interpuesta por DC Comics, se sumaron otras como la de Agrosuper, que era titular de varias marcas que contenían el término super, como Superpollo o Supercerdo, porque también consideraba que infringía sus derechos marcarios.
Después de más de 2 años de litigio, el panadero chileno salió victorioso, al desestimar el tribunal las demandas interpuestas por DC Cómics y Agrosuper, por entender que no habría riesgo de confusión entre el público consumidor respecto del origen empresarial de los productos de una panadería (panes, tortas), con los productos que producen DC Comic o las marcas de Agrosuper.
Parece claro que nadie va a confundir los productos que se vende en una panadería con un cómic de superhéroes. Pero la defensa de una marca registrada, al menos en España, va más allá que las normas que regulan la protección de un registro marcario.
Propiedad intelectual, competencia desleal y publicidad
Un simple dibujo, que tenga cierto grado de originalidad, y está claro que Superman lo tiene, es una obra protegida por las normas de propiedad intelectual.
De tal forma que su autor (el dibujante), puede impedir su plagio y reproducción, sin entrar a valorar si hay o no confusión entre los productos. Y ello con independencia de que el dibujante haya registrado o no su obra. Además, cabe señalar que un dibujo también puede resultar protegido como diseño, con lo que su protección puede ser doble.
También puede una marca beneficiarse en su protección de la normativa que regula la competencia desleal, que prohíbe, entre otros, la explotación de la reputación ajena, o actos de denigración, comparación o imitación. E incluso también puede ser de aplicación la normativa sobre publicidad, que prohíbe la publicidad engañosa o la desleal.
En el caso que nos ocupa, la kriptonita en forma de harina de Superpan, fue capaz de vencer a Superman. Lo cual no quita que todos debemos de ser conscientes de las limitaciones y prohibiciones que existen sobre la esta materia. Y que el hecho de que la normativa sobre marcas le haya dado la razón al panadero, no significa que no puedan existir otros cauces que le prohíban usar esos dibujos y nombres.
Al menos en nuestro país.