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Subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento

Vento
La Xunta ha lanzado una línea de ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento que financia inversiones y rehabilitaciones de locales
Las ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento financian un porcentaje de las inversiones que realizan autónomos y pymes


La Xunta de Galicia viene de lanzar una nueva línea de ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento. Estas subvenciones se pueden solicitar desde el 6 de julio de 2023 hasta el 23 de septiembre de 2023.

El objetivo de estas ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento es facilitar a los profesionales y a las pymes la posibilidad de adquirir equipamiento, realizar inversiones en eficiencia energética y reformar instalaciones de los locales de negocio.

A continuación, señalamos las personas beneficiarias, los conceptos subvencionables y la cuantía de estas ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento.

Personas beneficiarias

Estas subvenciones contemplan como beneficiarios a las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, incluyendo cooperativas y sociedades laborales, que se encuentren de alta e iniciasen su actividad económica desde el 1 de enero de 2021.

Los solicitantes de las ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • a) Tener el domicilio fiscal en Galicia.
  • b) Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • c) Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.
  • d) Haberse constituido o dado de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y haber iniciado su actividad económica en el período que transcurre entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • e) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
  • f) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para obtener subvenciones.
  • g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Conceptos subvencionables

Las ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento buscan subvencionar inversiones que correspondan de forma indudable al proyecto empresarial constituido o dado de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y que haya iniciado su actividad económica desde el 1 de enero de 2021. En concreto:

  • Equipamiento informático
  • Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera
  • Inversiones en eficiencia energética
  • Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario
  • Reforma y rehabilitación de las instalaciones del local de negocio
  • La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o de bienes de equipo de segunda mano serán subvencionables siempre que cumplan los siguientes requisitos:
    • Que los activos sean adquiridos a una tercera persona no relacionada con la persona compradora.
    • Que conste una declaración de la persona vendedora sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no fueron objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria,
    • Que el precio no sea superior al valor de mercado de referencia ni al coste de los bienes nuevos similares. Estos extremos se acreditarán mediante certificación de tasador/a independiente, o de una empresa suministradora de bienes de la misma tipología de los bienes de segunda mano objeto de transacción

Las inversiones tendrán que estar realizadas y pagadas dentro del plazo de ejecución, que abarca desde el 5 de noviembre de 2022 hasta la fecha de la presentación de la solicitud.

Cuantía de las ayudas para apoyar iniciativas de emprendimiento

La cuantía de este programa de subvenciones tendrá diferentes porcentajes de intensidad en función del rasgo de inversión total realizada:

  • a) Con inversiones de 5.000 € o más hasta un límite de 10.000 €, la cuantía de la ayuda será del 60 % de la inversión.
  • b) Con inversiones de 10.001 € o más hasta un límite de 30.000 €, la cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión.
  • c) Con inversiones de 30.001 € o más hasta un límite de 50.000 €, la cuantía de la ayuda será del 40 % de la inversión.
  • d) Con inversiones de 50.001 € o más hasta un límite de 100.000 €, la cuantía de la ayuda será del 30 % de la inversión.

Si desea obtener más información o desea tramitar estas subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento, puede ponerse en contacto con nosotros. Vento Abogados & Asesores pone a su disposición un equipo de asesores y abogados altamente especializado en la gestión de ayudas públicas para empresas y profesionales.

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