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¿El abandono del puesto de trabajo presupone la dimisión del trabajador?

Iria Lodos Gavín
La ausencia de un profesional no supone la dimisión del trabajador automática, sino que la empresa deberá constatar su intención real
La dimisión del trabajador no se puede presuponer a partir de su abandono del puesto de trabajo

Existe la falsa creencia de que si una persona trabajadora se ausenta de su puesto de trabajo durante unos días sin comunicar nada a la empresa este hecho supone la dimisión del trabajador tácita, dando lugar automáticamente a la extinción de la relación laboral.

La realidad es que el abandono del puesto de trabajo no supone una baja voluntaria o una dimisión del trabajador automática, sino que la empresa tiene la obligación de averiguar cuál es su intención real antes de comunicar a la Seguridad Social la finalización de su relación laboral.

Para ello, cuando se produce la ausencia al trabajo de una persona trabajadora y la empresa no ha recibido comunicación alguna, deberá de requerirle, de modo fehaciente, para que o bien manifieste de forma expresa su intención de causar baja voluntaria o bien justifique dichas ausencias.

Dos supuestos en torno al abandono del puesto de trabajo y la dimisión del trabajador

La diferencia entre ambos supuestos adquiere una gran relevancia por los efectos que uno y otro supuesto suponen a la hora de materializar la finalización de la relación laboral.

1. Baja voluntaria o dimisión del trabajador

Si se trata de una baja voluntaria la persona trabajadora no podrá cobrar la prestación por desempleo y, además, la empresa podría descontarle los días de ausencia de preaviso según lo previsto en el convenio aplicable o normativa laboral común.

La dimisión del trabajador no le da derecho a cobrar el paro

2. Despido disciplinario

Por el contrario, si la persona trabajadora es requerida por la empresa para que justifique sus ausencias al trabajo y no lo hace, ni tampoco manifiesta que su intención es causar baja voluntaria, la empresa deberá de proceder a su despido disciplinario por ausencias injustificadas al trabajo. Este tipo de despido no genera derecho a una indemnización, pero sí derecho al desempleo.

Por último, conviene saber que la persona trabajadora podría retractarse de su decisión de baja voluntaria, mientras se encuentre en el periodo de preaviso. Esto es, mientras no se haya producido la extinción laboral. En caso de despido la única vía sería impugnar su improcedencia si no está de acuerdo, para lo que dispone de un plazo de 20 días hábiles desde su comunicación.

El Área Laboral de Vento Abogados & Asesores tiene una amplia experiencia en conflictos laborales, asesorando a empresas y profesionales en supuestos como el que venimos de relatar en torno a la baja voluntaria o dimisión del trabajador. Antes de actuar, es fundamental contar con un asesoramiento legal integral que permita gestionar la dimisión del trabajador con éxito.

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