La Xunta de Galicia ha puesto en marcha el programa de subvenciones Nueva oportunidad para autónomos gallegos, con el objetivo de ayudar a los autónomos a poner en marcha nuevos proyectos empresariales o profesionales. Por ello, estas ayudas van dirigidas a las personas trabajadoras autónomas que:
- Cesaron en su actividad.
- Van a volver a emprender un negocio como personas trabajadoras autónomas.
- Son demandantes de empleo en el momento previo a la nueva alta como persona trabajadora autónoma.
El plazo de solicitud de las ayudas del programa Nueva oportunidad para autónomos se extiende desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre de 2023.
La cuantía subvencionable para ayudar a los autónomos a volver a emprender asciende a los 10.000 euros.
Requisitos del programa Nueva oportunidad para autónomos
La convocatoria de la línea de subvenciones Nueva oportunidad para autónomos establece seis requisitos que deben cumplir las personas que deseen obtener las ayudas:
- a) Haber causado alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o
cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, entre el 31 de octubre de 2022 al 30 de octubre de 2023. - b) Haber cotizado con anterioridad a esta nueva alta al menos durante 3 meses ininterrumpidos en su vida laboral en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional.
- c) Estar inscrita como persona demandante de empleo en los servicios públicos de empleo con carácter previo a la nueva alta y carecer de ocupación efectiva, no tener contrato laboral en vigor y encontrarse en tal situación en la fecha inmediatamente anterior a la de inicio de la actividad laboral.
- d) Transcurrir un período mínimo de tres meses entre la nueva alta en la Seguridad Social y la anterior baja.
- e) Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
- f) Tener iniciada la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
Exclusiones de las ayudas
La orden por la que se ha aprobado el programa Nueva oportunidad para autónomos establece que quedan excluidas de las ayudas reguladas en dicha orden:
- Las personas trabajadoras autónomas que ya habían sido beneficiarias de esta ayuda con anterioridad (TR790A).
- Los autónomos miembros de entidades de economía social y las personas autónomas administradoras que no acrediten participación en la empresa o negocio.
- Las personas autónomas colaboradoras y los miembros de las sociedades mercantiles y sociedades laborales.
No obstante, lo anterior, las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia podrán ser beneficiarias de las ayudas de este programa cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, siempre que las soliciten a título personal. En este caso, la entidad deberá estar constituida previamente a la presentación de la solicitud y no con anterioridad al período subvencionable.
Si desea obtener más información sobre el programa Nueva oportunidad para autónomos o desea tramitar la solicitud de las ayudas, puede ponerse en contacto con nosotros. Vento Abogados & Asesores cuenta con abogados laboralistas especializados en la gestión de ayudas públicas.