Cada vez más trabajadores y trabajadoras solicitan a sus empresas adaptar la jornada laboral para poder conciliar su vida laboral y familiar.
Habitualmente, lo solicitan los padres y madres con el fin de ajustar su horario a las necesidades de sus hijos e hijas.
Sin embargo, el derecho de adaptar la jornada laboral puede utilizarse, también, para que los hijos cuiden a sus padres.
Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. La sentencia reconoce el derecho de una trabajadora a adaptar la jornada laboral para cuidar a sus padres. Así como una indemnización de 3.000 euros por daños morales que deberá pagar la empresa.
Un caso pionero sobre el derecho a adaptar la jornada laboral
El horario de trabajo del que disponía la trabajadora era de 13:00 a 20:00 y no le permitía cuidar a sus padres. Por lo que solicitó a la empresa un horario de 09:00 a 16:00 o de 08:00 a 15:00.
El Tribunal tuvo en cuenta que los padres de la trabajadora tienen más de 80 años, que necesitan ayuda de otra persona, que tienen otro hijo con un grado de discapacidad del 65% y, sobre todo, que la empresa no ha justificado tener dificultades organizativas para adaptar la jornada laboral de la trabajadora.
El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores establece un procedimiento para las solicitudes de adaptación de jornada que deben seguir tanto por los trabajadores como por las empresas en defecto de previsión del Convenio Colectivo.
Las claves del procedimiento para adaptar la jornada laboral
El procedimiento para adaptar la jornada laboral se inicia por solicitud del trabajador, debiendo la empresa contestarle en el plazo de 30 días indicándole una de estas tres opciones:
- Aceptar la petición.
- Plantear una propuesta alternativa.
- Rechazarla indicando razones objetivas.
Es muy importante que la empresa, en caso de que rechace la solicitud de adaptar la jornada laboral, establezca de forma clara y concisa los motivos que justifican su negativa. Dado que si no lo hace, el trabajador tendrá muchas opciones de conseguir la adaptación de su jornada en los Tribunales.
El derecho de adaptación de jornada de los empleados no es absoluto. Como en muchas otras áreas del Derecho Laboral hay que ponderar los intereses de la empresa y el trabajador y utilizar siempre un criterio de razonabilidad y proporcionalidad.