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La Xunta ha puesto en marcha el programa Impacto Autónomo, una línea de ayudas para las personas trabajadoras autónomas de Galicia. Impacto Autónomo está dirigido a minimizar el impacto de la subida de los costes de las materias primas y de los suministros que afectan y condicionan la actividad económica de las personas autónomas y de las microempresas.
Impacto Autónomo tiene por finalidad la concesión de una ayuda económica a las personas trabajadoras autónomas y microempresas. De cara a ayudarlas para que puedan hacer frente con éxito a la compleja situación económica generada por la subida de los costes de las materias primas y suministros. Una subida que afecta y condiciona, indudablemente, su actividad económica.
A continuación, vamos a abordar las claves de las ayudas Impacto Autónomo para las microempresas y autónomos de Galicia.
Personas beneficiarias
El programa Impacto Autónomo contempla las siguientes personas beneficiarias:
- Todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como trabajadores y trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas, con domicilio fiscal en Galicia y que hayan tenido unos rendimientos netos mínimos de actividades económicas realizadas de 10.000 € y un máximo de 30.000 €, en el año 2021.
- Personas trabajadoras autónomas de temporada que acrediten estar de alta o situación asimilada en el momento de la presentación de la solicitud, y que hayan estado de alta un mínimo de 4 meses y un máximo de 9 meses en el año 2021 y en el año 2022.
- Microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles, con domicilio fiscal en Galicia y con un mínimo de facturación en el año 2021 de 50.000 € y un máximo de 750.000 euros en el mismo año 2021
- Las personas autónomas que, a su vez, sean autónomas societarias solo podrán presentar una solicitud.
Requisitos
Las bases del programa Impacto Autónomo recogen una serie de requisitos que deben cumplir los solicitantes:
- Alta o situación asimilada, mínimo 6 meses antes de la publicación de esta convocatoria, en el régimen de la Seguridad Social correspondiente (en el RETA o en la mutualidad correspondiente). O, si es una persona autónoma de temporada, que está de alta o situación asimilada en el momento de presentación de la solicitud, y que ha estado de alta un mínimo de 4 y un máximo de 9 meses en el año 2021 y/o en el año 2022.
- Domicilio fiscal en Galicia.
- Personas trabajadoras autónomas o mutualistas: que sus rendimientos netos se encuentran entre un mínimo de 10.000 € y un máximo de 30.000 € en el ejercicio 2021, lo cual deberá acreditar documentalmente según el modelo 100 del IRPF.
- Microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles, que la facturación de la sociedad no supera los 750.000 € en el año 2021, lo cual deberá acreditar documentalmente según el 200 IS, salvo en el caso de estar en régimen de atribución de rentas, que se aportará el modelo 184.
- Que no esté incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de persona beneficiaria según lo establecido en esta orden.
- CNAE (Clasificación nacional de actividades económicas) de la actividad por la cual solicita la ayuda.
- IAE de la actividad por la cual solicita la ayuda.
- En el caso de desarrollar actividad en establecimiento fijo abierto al público, el establecimiento va a permanecer abierto al público durante los 6 meses posteriores a la publicación de esta orden.
- Que presentó una única solicitud, bien como persona autónoma bien como societaria.
- Que son veraces todos los datos reflejados en esta declaración responsable.
- Que, con la presentación de esta solicitud, acepta la subvención.
Importe de las ayudas Impacto Autónomo
El importa de las ayudas directas de Impacto Autónomo se establece en función de los rendimientos netos de las personas o entidades solicitantes conforme a la siguiente escala:
- Personas autónomas que tributen en régimen de estimación objetiva (módulos), el importe de la ayuda será de 800€.
- Personas autónomas que tributen en régimen de estimación directa o atribución de rentas, y otros regímenes:
- Con rendimientos netos en el año 2021 de hasta 20.000 €, el importe de la ayuda será de 1.500€.
- Con rendimientos netos en el año 2021 de hasta 30.000 €, el importe de la ayuda será de 1.200€.
- Microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles:
- Con un mínimo de facturación en el año 2021 de entre 50.000 € y un máximo de 250.000 €, el importe de la ayuda será de 1.500€.
- Con una facturación superior a 250.000 € en el año 2021 y hasta un máximo de 750.000 €, el importe de la ayuda será de 1.200€.
Los importes se reducirán al 50 % en el caso de personas autónomas, microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles que se hayan dado de alta a lo largo del año 2021 y no acrediten 12 meses completos de actividad.
Igualmente, el importe se reducirá al 50 % en el caso de personas autónomas de temporada.
Plazo de presentación
El programa Impacto Autónomo establece que el plazo de solicitud de presentación de solicitudes será desde el 9 de Enero 2023 hasta el 9 de Febrero del 2023.
En Vento Abogados & Asesores, ponemos a su disposición un equipo de profesionales altamente especializados en Derecho Administrativo y Tributario y Contabilidad. Lo que nos permite ofrecerle un asesoramiento integral en la tramitación y gestión de las ayudas Impacto Autónomo.
Si desea saber más sobre este programa, no dude en contactar con su asesor de confianza o ponerse en contacto con nosotros a través de: subvenciones@vento.es.