A raíz de la pandemia, el teletrabajo se extendió a multitud de empresas y sectores económicos. Sus bondades fueron valoradas por muchos trabajadores, sobre todo, de cara a facilitar la conciliación de su vida familiar y laboral. Por eso, a pesar de que las restricciones y medidas covid han quedado atrás, el teletrabajo sigue generando muchas preguntas entre profesionales y empresarios.
Una de gran relevancia social es la siguiente:
¿Me puede denegar la empresa el teletrabajo si tengo hijos menores de 12 años?
El teletrabajo ha sido una herramienta muy útil para las empresas durante los tiempos de pandemia, pero esta modalidad de trabajo ha llegado para quedarse. Es una alternativa que no sólo beneficia a los «nómadas digitales» que disfrutan de paisajes de ensueño mientras trabajan, sino que puede beneficiar al resto de trabajadores a la hora de conciliar su vida familiar y laboral.
Así lo ha entendido el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en la sentencia de 19 de abril de 2022, que concedió a una empleada, madre de dos menores de doce años, trabajar desde casa los lunes, miércoles y jueves, debiendo acudir de forma presencial al centro de trabajo martes y viernes.
Los motivos de la empresa
El Tribunal ha tenido en cuenta para adoptar la decisión que la empleada ya había teletrabajado durante la pandemia y que su pareja también trabaja, pero lo fundamental ha sido la contestación de la empresa a la solicitud de teletrabajo:
No son medidas idóneas para la buena marcha de la empresa, habida cuenta de que dificulta aspectos tan esenciales para el trabajo en equipo como la interacción directa y hasta las relaciones informales que resultan esenciales en el trabajo creativo que está en la base de nuestra misión como investigadores.
La sentencia reconoce que los motivos alegados no son suficientes como para denegar la empresa el teletrabajo, al no estar motivados por razones objetivas que permitan entender que repercuten de forma negativa en la producción u organización del trabajo.
De esta forma, el Tribunal de Justicia de Asturias se suma al de Galicia, que reconoció el derecho a teletrabajar a la directora de una residencia, madre de un menor de 12 años. Y señaló que corresponde a la empresa la carga de probar la imposibilidad del teletrabajo.
En base a estas sentencias, vemos como los Tribunales insisten en que para que pueda denegar la empresa el teletrabajo deben existir razones de peso cuando el solicitante tiene hijos menores de doce años.
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