Despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos. ¿Se puede producir?

Para realizar un despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos se debe probar que afectó negativamente a la empresa
No en todos los casos se puede llevar a cabo un despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos en una empresa

Sí, es posible que una empresa lleve a cabo un despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos siempre y cuando quede acreditado que esta clase de conductas hayan:

  • Interferido en el desempeño profesional.
  • Afectado a la actividad normal de la empresa.
  • O causado un gravamen económico.

Sobre la posibilidad de realizar un despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos gira la sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de las Islas Baleares, de 7 de julio de 2025 (rec. 185/2025).

Este fallo ofrece una interesante reflexión acerca del alcance jurídico de las políticas internas empresariales y su incidencia en la valoración de la improcedencia de un despido disciplinario.

El litigio tiene su origen en el despido disciplinario de una trabajadora a la que se le imputaban dos conductas:

  1. Haber mantenido una relación sentimental con su superior jerárquico sin habérselo comunicado a la empresa, lo que vulneraría la política interna sobre conflicto de intereses.
  2. Haber utilizado los medios informáticos de la empresa (ordenador y teléfono profesional) para fines personales, en contravención del protocolo de uso de medios informáticos.

En este sentido, la empresa fundamentó el despido en la transgresión de la buena fe contractual y en el incumplimiento grave de las normas internas.

Para llevar a cabo un despido por incumplir la política interna de uso de medios informáticos se debe probar el incumplimiento grave del trabajador

Requisitos de un despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos

Finalmente, el TSJ de Baleares ha confirmado la improcedencia del despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos y la política sobre conflicto de intereses. Considera que:

  • Aun existiendo normas internas que prohibían expresamente el uso personal de los dispositivos, dicho uso personal no había tenido incidencia sobre el desempeño profesional ni un perjuicio económico para la empresa.
  • La relación sentimental no comunicada no había interferido en la prestación laboral ni generado un trato de favor o discriminación hacia otros trabajadores.

Por tanto, no siempre se puede llevar a cabo un despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos. Puesto que, como establece esta sentencia, no toda vulneración de un protocolo interno como el de uso de medios informáticos implica la procedencia de un despido disciplinario.

La existencia de políticas internas, aun siendo relevante, no basta por sí sola para justificar un despido si no se acredita un incumplimiento grave y culpable de la persona trabajadora. La eficacia de esta clase de instrumentos dependerá, asimismo, de su correcta implantación en la empresa y de su aplicación prudente, pues solo así actuarán como una verdadera herramienta preventiva.

En Vento Abogados & Asesores contamos con un equipo de abogados laboralistas especializados en asesorar a empresas en la elaboración e implementación de protocolos internos. Para que un despido por incumplir la política interna sobre uso de medios informáticos no sea considerado improcedente es fundamental contar con asesoramiento legal.

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