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¿Cómo pueden ejercer su derecho a reducir la jornada por guarda legal los médicos?

María Román Capelán
Los médicos pueden ejercer su derecho a reducir la jornada por guarda legal tanto en su jornada ordinaria como en la complementaria
Los médicos pueden reducir la jornada por guarda legal incluyendo las guardias de 24 horas

Para determinar cómo los profesionales sanitarios pueden hacer efectivo su derecho a reducir la jornada por guarda legal, es fundamental analizar lo que estipulan tanto el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud como el Estatuto de los Trabajadores y lo que ha establecido la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

El Estatuto Marco contempla la realización de una jornada ordinaria y de una complementaria, constituyendo ambas la jornada habitual de los facultativos, según ha establecido la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en Sentencia de 8 de junio de 2022:

  • La jornada ordinaria se determina en las normas, pactos o acuerdos, que se aprueben o alcancen.
  • La jornada complementaria (guardias), que no tiene naturaleza extraordinaria, se desarrolla con el fin de garantizar la atención permanente, encargándose cada centro sanitario de su programación.

La duración máxima conjunta de los tiempos de trabajo correspondientes a la jornada complementaria y a la jornada ordinaria no puede superar las 48 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo semestral.

El derecho a reducir la jornada por guarda legal según el ET

Por su parte, en lo relativo al derecho a reducir la jornada por guarda legal, el art. 37.6 del ET dispone que, quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción diaria de su jornada.

El art. 37.7 del ET precisa que la concreción horaria y la determinación corresponderán al empleado dentro de su jornada ordinaria en los términos previstos en el convenio o, en su defecto, mediante pacto con el empleador o dirimiéndose ante la jurisdicción social. No obstante, el convenio puede establecer un sistema para reducir la jornada por guarda legal, que no recaiga sobre la jornada diaria, según ha establecido el Tribunal Supremo.

Los médicos tienen tres opciones para ejercer su derecho a reducir la jornada por guarda legal

Las opciones para reducir la jornada por guarda legal que avala el TS

Como la jornada habitual de los médicos debe incluir necesariamente la que están obligados a realizar, tanto legal como convencionalmente, es decir, la ordinaria y la complementaria, el Supremo concluye en su Sentencia de 8 de junio de 2022, que en caso de guarda legal, pueden:

  • Solicitar la reducción de su jornada ordinaria y complementaria conjuntamente.
  • Optar únicamente por la reducción de la jornada ordinaria.
  • O, en su defecto, por la reducción de la jornada complementaria.

Si sólo se pudiese solicitar la reducción de la jornada ordinaria, se estaría vaciando de contenido la finalidad esencial del art. 37.6 ET: la protección de los intereses del menor. Pese a que las guardias forman parte de la jornada de estos trabajadores, las necesidades de cuidado pueden ser más intensas en las guardias obligatorias de 24 horas, razón por la que también puede reducirse la jornada complementaria.

En definitiva, cuando el personal médico eleve una solicitud para reducir la jornada por guarda legal podrá hacerlo, según las necesidades del menor, de manera conjunta para su jornada ordinaria y complementaria, o bien, únicamente para su jornada ordinaria o, en su caso, para la jornada complementaria.

Si desea obtener más información, ponemos a su disposición un equipo de abogados laboralistas especializados en conciliación laboral y derechos del personal estatutario.

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