El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre un asunto clave en la función pública: la obligación de la Administración de revisar la valoración y clasificación de los puestos cuando se produce un incremento de funciones por cambios legislativos. En dos sentencias de 17/7/25, la Sala reconoce el derecho de los miembros del Cuerpo de Subinspectores Laborales, a que sus puestos sean evaluados nuevamente tras las modificaciones introducidas por el artículo 14.2 b) y c) de la Ley 23/2015.
El Alto Tribunal subraya que, aunque la Administración disfruta de un amplio margen para organizar sus recursos y definir funciones, esa discrecionalidad no es ilimitada: está sujeta a los límites generales del ejercicio de las potestades administrativas y al control jurisdiccional. En coherencia con los principios de buena administración y buena fe, sostiene que la atribución de nuevas competencias de gran calado debe traducirse en una nueva valoración del puesto.
El preámbulo de la Ley 23/2015 ya anticipa la ampliación de competencias del Cuerpo, lo que comporta nuevas responsabilidades y tareas que no pudieron considerarse al clasificar inicialmente esos puestos. Para el Supremo, estas funciones adicionales implican cambios relevantes o sustanciales, con impacto directo en la clasificación, el grado o la categoría profesional.
Modalidades contractuales
Entre ellas, destacan materias de alta sensibilidad social, como la protección de menores en las relaciones laborales o la vigilancia del cumplimiento de las modalidades contractuales.
La Sala recuerda que la asignación de un nivel superior tiene efectos sumamente relevantes y trascendentes para la carrera profesional. Y añade, que para garantizar una retribución adecuada a las tareas efectivamente desempeñadas es esencial la vinculación entre nivel y retribuciones. Por ello, estima las pretensiones de los subinspectores y ordena la correspondiente revaloración y reclasificación.
Las resoluciones consolidan una doctrina que acota la discrecionalidad administrativa: cuando la ley impone nuevas funciones sustantivas, la Administración debe reflejarlas en la estructura de puestos, evitando decisiones arbitrarias y asegurando una carrera y remuneración acordes con el trabajo real.







