Tramitamos su recurso por la plusvalía municipal
Vento Abogados & Asesores ha creado una metodología ágil y económica para presentar el recurso por la plusvalía municipal. La Justicia ha abierto de nuevo la puerta a la devolución de este tributo. Estudiamos su caso sin compromiso y lo tramitamos desde 100 euros
Responsable: Vento Abogados & Asesores S.L.P. · Finalidad: Resolver tu consulta o duda. · Legitimación: Interés legítimo en responder cualquier cuestión planteada por el usuario· Destinatarios: Proveedores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento. · Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros. · Información adicional: Política de Privacidad.
¿Cómo y por qué presentar un recurso por la plusvalía municipal?
¿Acaba de recibir una herencia o una donación? ¿Se ha visto obligado a pagar la controvertida plusvalía municipal? El Tribunal Constitucional va a poner nuevamente en jaque la regulación del bautizado como impuesto de la plusvalía municipal. ¿Por qué? Por la decisión del Gobierno de tramitar este tributo a través de una ley ordinaria y recurrir a la figura del real decreto. Una fórmula que los juristas consideran anticonstitucional y que le permitirá recurrir si la solicitud de pago del impuesto le llegó después del 10 de noviembre del 2021.
A la vista de todo ello, Vento Abogados & Asesores ha puesto en marcha un equipo especializado en procedimiento tributario con un único objetivo: tramitar de forma muy ágil y económica el recurso por la plusvalía municipal. Nuestros economistas y abogados han creado una metodología de trabajo para recurrir las liquidaciones reguladas bajo la nueva normativa y conseguir, así, la devolución del impuesto abonado en favor de nuestros clientes.
Un mes de plazo para recurrir la liquidación
Las personas interesadas en presentar el recurso por la plusvalía municipal tienen un mes de plazo para dar el paso a partir de la pertinente notificación. Vento Abogados & Asesores es una firma de servicios jurídicos y tributarios altamente especializada integrada por más de un centenar de profesionales repartidos entre nuestras sedes de A Coruña, Madrid y Vigo.
La experiencia de nuestros abogados y economistas y la nueva metodología desarrollada para presentar y tramitar el recurso por la plusvalía municipal representan una garantía a la hora de emprender este proceso. Para solicitar la devolución del tributo, nuestro equipo solo necesita la siguiente documentación:
Escritura de compraventa del bien inmueble
Reclamamos el dinero indebidamente liquidadado al Estado.
Justificante de pago de la plusvalía municipal
Una vez abonado, el ciudadano tiene un mes para reclamar.
Las garantías de un despacho de referencia en España
Una elevada tasa de éxito
Vento Abogados & Asesores acumula una notable experiencia en la elaboración y tramitación de reclamaciones de liquidaciones tributarias. El recurso por la plusvalía municipal es una de ellas. Miles de ciudadanos tienen hoy derecho a reclamar la devolución de este impuesto a la vista de lo establecido en los últimos tiempos por el Tribunal Constitucional.
Un recurso desde 100 euros
Nuestro equipo especializado de economistas y abogados ha creado una metodología de trabajo extremadamente veloz y competitiva en costes para acompañar a todos esos ciudadanos y empresas afectadas por esta casuística. Es posible contratar el recurso por la plusvalía municipal desde 100 euros. Previamente, asesoramos sin compromiso a las personas y compañías afectadas.
¿Quiere presentar el recurso? Contacte con nosotros, le ayudaremos
Responsable: Vento Abogados & Asesores S.L.P. · Finalidad: Resolver tu consulta o duda. · Legitimación: Interés legítimo en responder cualquier cuestión planteada por el usuario· Destinatarios: Proveedores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento. · Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros. · Información adicional: Política de Privacidad.
FAQ
Bautizado popularmente como plusvalía municipal, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo de carácter municipal. Un impuesto que se abona al ayuntamiento donde se localiza un determinado bien inmueble (naves, pisos, chalets…) o terreno urbano en caso de que se produzca una transmisión: venta, herencia, donación…
Todas aquellas personas o empresas que recibieron un bien inmueble a raíz de una venta, una herencia o una donación tienen la capacidad legal de presentar un recurso por la plusvalía municipal si la reclamación del pago llegó después del 10 de noviembre del 2021. Aunque la cifra exacta de ciudadanos y compañías no se conoce de forma detallada, las últimas estimaciones calculan en varios millones la cifra de afectados por esta polémica.
Por tanto, toda persona física o jurídica que haya abonado este impuesto sin obtener una plusvalía efectiva y disponga de la documentación necesaria podrá dar el paso de recurrir esta liquidación y exigir su devolución.
El Tribunal Constitucional tumbó el conocido como impuesto de la plusvalía municipal el pasado 26 de octubre. A la vista de la situación, el Ministerio de Hacienda decidió actualizar la normativa empleando la figura del real decreto ley. Ha sido esta fórmula la que precisamente ha vuelto a sembrar las sombras de inconstitucionalidad respecto de este tributo. ¿Por qué? Básicamente, porque existe consenso entre juristas y economistas al afirmar que un impuesto de esta naturaleza debe desarrollarse legalmente en una ley ordinaria y no a través del real decreto ley.
A priori, el recurso por la plusvalía municipal permitirá al ciudadano o empresa recurrente recuperar el importe completo de la liquidación en caso de que se estime su reclamación. Además, debería poder cobrar igualmente los intereses de demora (actualmente establecidos en el 3,75%), si bien esta cantidad dependerá de la fecha en la que se dio luz verde al procedimiento de recuperación de la liquidación.