Como resulta evidente, una empresa puede despedir disciplinariamente a una persona trabajadora por acoso sexual contra una compañera o compañero. Sin embargo, es importante tener en cuenta el contenido de una carta de despido por acoso sexual.
En el artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores se determina que la comunicación escrita del despido disciplinario debe de fijar claramente la descripción clara, concreta y precisa de los hechos imputados en la que se fundamenta la extinción disciplinaria del contrato de trabajo.
Es decir, en una carta de despido por acoso sexual no llega con referencia de forma genérica las conductas que motivan el despido, sino que es necesario situarlas en el tiempo y cuando resulte esencial identificar a las personas intervinientes en los hechos.
Solo de esa forma se garantiza el derecho de defensa del trabajador afectado por la medida disciplinaria extintiva, y se le permite conocer con exactitud los hechos por los que se le despide y preparar de forma adecuada la oposición a los mismos.
Por lo tanto, no es suficiente que la carta de despido por acoso sexual contenga meras alusiones genéricas o descripciones que exijan al trabajador sancionado imaginarse o especular qué hechos son objetos de sanción.
El citado artículo 55.1 del ET impone a la empresa una obligación de precisión y exactitud de los hechos imputados que no puede subsanarse posteriormente. Así lo ha ratificado recientemente la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

La carta de despido por acoso sexual debe permitir al trabajador ejercer su defensa
En su sentencia del 29 de septiembre de 2025, sobre un despido disciplinario por acoso sexual, determina la insuficiencia de la carta de despido por acoso sexual al existir omisiones que inciden directamente en el derecho de defensa del trabajador despedido, ya que no se fijan:
- El día o días de los hechos, ni las horas en las que tuvieron lugar.
- Cómo se han producido los hechos.
- Identidades de los intervinientes.
De tal forma que esta carta de despido por acoso sexual limitó claramente la posibilidad de articular una defensa efectiva y proponer prueba de descargo que pudieran desvirtuar las imputaciones realizadas y en las que se fundamenta el despido disciplinario.
Como consecuencia de todo ello, el tribunal declaró la improcedencia de la extinción contractual notificada.
En conclusión, la carta de despido es uno de los documentos más importantes a la hora de formalizar la extinción de una relación laboral, tanto desde el punto de vista del empresario como del trabajador. Al primero de ellos le puede evitar posteriores problemas legales (como la declaración de improcedencia o nulidad del despido), junto con las consecuencias dinerarias que conllevan ambos escenarios; y al segundo, le permite tener un conocimiento exacto de los hechos, teniendo la posibilidad de reclamar a la empresa en caso de no estar conforme con los mismos o con la calificación que se le ha dado.
Los abogados laboralistas de Vento Abogados & Asesores tenemos una larga trayectoria en el asesoramiento a empresas y trabajadores en materia de despidos disciplinarios. Además, en los últimos tiempos hemos participado en el diseño y activación del protocolo de acoso en diversas empresas.







