Recientemente, se ha dictado una sentencia por el Tribunal Supremo que considera que la empresa demandada:
- No puede exigir a los trabajadores que usen su correo personal durante el desempeño de sus funciones.
- Tiene que facilitar todo el material necesario para el desarrollo del teletrabajo.
- Y, por supuesto, debe facilitar las comunicaciones sindicales con las personas que prestan servicios mediante teletrabajo.
En el presente asunto se presentó demanda en materia de conflicto colectivo por parte de diferentes organizaciones sindicales por entender que la entidad empresarial demandada llevaba una práctica empresarial impropia al exigir a los trabajadores que usen su correo personal para las comunicaciones laborales.
Además, la empresa se negaba a ofrecer a los empleados un correo corporativo en el caso del teletrabajo.
En primer lugar, se dictó sentencia por parte de la Audiencia Nacional (AN) declarando contraria a derecho la práctica patronal de exigir a los trabajadores que usen su correo personal.
Se debe facilitar el material necesario para teletrabajar
Posteriormente, tras un recurso por la empresa se pronunció el Tribunal Supremo que determina que las personas que ejercen el teletrabajo deben percibir por parte de la empresa el material necesario para el desarrollo de su actividad, y ello con independencia de que el mismo haya sido implantado como manera «paliativa» por el COVID.
Asimismo, el Alto Tribunal señala que, de acuerdo con la Ley Orgánica de libertad sindical, es obligatorio permitir la difusión de información sindical a las personas que prestan servicios de teletrabajo y la empresa en ningún caso puede obstaculizarlo.

No es posible exigir a los trabajadores que usen su correo personal
Y, finalmente, considera también que se trata de una práctica contraria a derecho exigir a los trabajadores que usen su correo personal a la hora de prestar sus servicios, puesto que es necesario que la empresa ponga a disposición de las personas trabajadoras los medios necesarios para poder llevar a cabo el trabajo.
De esta forma es necesario contar con una política de uso de medios informáticos que recoja las obligaciones de las personas trabajadoras en el uso de todos los medios puestos a su alcance.
Vento Abogados & Asesores dispone de un equipo de abogados laboralistas especializados en el diseño e implementación de políticas de uso de medios informáticos y de protocolos de teletrabajo para ayudar a las empresas a cumplir con la normativa en vigor y evitar conflictos con los trabajadores.