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Las 6 claves del contrato fijo discontinuo

Gloria Pire Castaño
Tras la aprobación de la reforma laboral, muchas empresas están recurriendo al contrato fijo discontinuo ante la limitación a la contratación temporal
El contrato fijo discontinuo es una buena herramienta para efectuar relaciones contractuales que antaño eran temporales

La reforma laboral ha cambiado el panorama de la contratación laboral. Por un lado, restringiendo la posibilidad de realizar contratos temporales y, por otro lado, ampliando las causas del contrato fijo discontinuo. A continuación, vamos a abordar las claves de este tipo de relación contractual.

Naturaleza estacional o actividades de temporada

El artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores indica que el contrato fijo discontinuo es el adecuado para la realización de trabajos de naturaleza estacional o trabajos vinculados a actividades productivas de temporada. Este caso es el típico de una empresa cuya actividad se centra en un momento concreto del año. Por ejemplo, un hotel en los meses de verano o una empresa de fruta en los meses de recogida. Es decir, lo que determina la intermitencia en el contrato de temporada es un agente externo al contrato, es decir la temporada de verano, o la recogida de la fruta.

Prestación intermitente

El contrato fijo discontinuo también se debe utilizar para trabajos de prestación intermitente que tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados. En este caso, lo que determina intermitencia del contrato es el propio sistema productivo de la empresa que se decide de forma interna. Por ejemplo, una empresa turronera en la que se deciden los meses en los que se procederá a la fabricación.

Contratas previsibles

Este tipo de contrato debe formalizarse para el desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa. Esto es, trabajos cuya discontinuidad venga definida por las oscilaciones de las empresas clientes (contratas recurrentes). La clave es que sea una contrata previsible (o recurrente) porque cuando sea imprevisible (ocasional o no recurrente), debemos acudir al contrato por circunstancias de la producción imprevisible.

Previsiones de llamamiento

La empresa deberá trasladar a los representantes de los trabajadores al inicio de cada ejercicio un calendario con las previsiones de llamamiento anual de los trabajadores fijos discontinuos, así como los datos de las altas efectivas de este tipo de contrato una vez se produzcan. Pero ¿cómo vamos a establecer un calendario con las previsiones de llamamiento anual si este contrato puede vincularse a un trabajo de prestación intermitente que tenga periodos de ejecución indeterminados? Se trata de un aspecto que deberán resolver los tribunales.

El contrato fijo discontinuo tiene en cuenta todo el periodo en lo relativo a la antigüedad del trabajador

Periodos de inactividad entre contratas

Por otro lado, la negociación colectiva debe establecer los periodos de inactividad entre contratas que, si nada se establece en los convenios colectivos, el periodo máximo será de tres meses. Dado que se ha eliminado el contrato por obra para las contratas y subcontratas, el contrato adecuado será el fijo discontinuo. Así, los periodos de inactividad serán los plazos de espera entre subcontrataciones y el plazo máximo de inactividad entre contratas serán tres meses. A partir de ese tiempo, la empresa deberá o bien acudir a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) o bien a despidos por causas objetivas.

Antigüedad, complementos económicos e indemnización por despido en el contrato fijo discontinuo

Por último, se ha de indicar que esta reforma equipara los derechos de los trabajadores fijos discontinuos con los trabajadores indefinidos. A efectos de antigüedad y de los complementos económicos se computa todo el periodo efectivo de relación laboral. Es decir, el periodo de espera y de inactividad se computa. Sin embargo, aquí debemos hacer la diferenciación entre antigüedad y tiempo de servicios, ya que a efectos de indemnización por despido solo se computa el periodo efectivamente trabajado. Tal y como dispuso la sentencia del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2020.

En definitiva, el contrato fijo discontinuo se trata del tipo de contrato al que están recurriendo de forma habitual las empresas ante la dificultad de justificación de los contratos temporales, el temor de la realización de contratos temporales en fraude de ley y las sanciones que ello acarrea.

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