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Cómo reclamar la condición de indefinido no fijo tras 15 años como personal laboral

Catarina Capeáns
La temporalidad es uno de los males de las administraciones. Para reclamar la condición de indefinido no fijo hay que demostrar varias condiciones
Los profesores universitarios que encadenan contratos están reclamando ya la condición de indefinido no fijo

Las administraciones públicas españolas llevan años abusando de la contratación temporal. Lo que ha llevado a muchos trabajadores a acudir a los tribunales para obtener la condición de indefinido no fijo.

El encadenamiento de contratos afecta hoy a miles de empleados de todo tipo de instituciones y organismos, una situación sobre la que han llamado la atención tanto sindicatos como las propias autoridades comunitarias. Es por ello que, cada vez más, los tribunales afrontan procesos relacionados con la obtención de la condición de indefinido no fijo planteados por este colectivo.

En este artículo vamos a analizar una pregunta realizada por una trabajadora:

Soy personal laboral de una universidad pública. Llevo durante quince años trabajando con contratos temporales. ¿Es posible reclamar la condición de personal laboral indefinido no fijo?

El personal laboral de las universidades se rige por el convenio colectivo de la universidad para el caso de que exista, y en todo caso aplica siempre el Estatuto de los Trabajadores.

Además de esto, aplica también la normativa universitaria. Pero para ello sería conveniente conocer si se trata de personal de administración o personal docente por cuanto también la normativa podría diferir.

Indefinido no fijo: Demostrar la prevalencia de varios requisitos 

Sea como fuere, en uno u otro caso para poder reclamar la condición de personal indefinido no fijo deberíamos poder acreditar varios requisitos. Por un lado, la existencia de un contrato fraudulento y la realización de trabajos que forman parte de la actividad permanente de la universidad.

También la realización de mismas funciones que el resto del personal laboral fijo o funcionarios y, por último, la prestación de servicios de forma continuada para la universidad empleadora.

El Tribunal Supremo, en sentencias de fecha uno de junio del 2017 y 22 de junio del 2017, señala que la contratación temporal, aun considerando las peculiares características y regulación que presenta en el ámbito de las universidades públicas, ha de respetar la legislación laboral.

En concreto, los fallos aluden a lo dispuesto en el articulo 15 del estatuto, es decir, que la causa de la temporalidad aparezca debidamente justificada, no siendo posible cubrir necesidades permanentes de la universidad recurriendo a la contratación de personal temporal.

No puede haber ningún espacio exento ni por lo tanto tampoco el ámbito universitario, de la obligación de cumplimiento de la normativa de la UE y de la regulación española.

Para poder reclamar esta condición de indefinido no fijo es necesario presentar una demanda de reconocimiento de derecho. La misma debe presentarse durante la vigencia de la relación laboral y ante los juzgados de lo Social del partido judicial donde se ubique la universidad. Se trata de un procedimiento ordinario en el que en función del partido judicial el tramite podrá ser más o menos rápido.

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