En los últimos años el uso de redes sociales se ha ido generalizado entre las empresas, así como en la esfera personal, estando presente, prácticamente, en todos los ámbitos de la vida, incluso la laboral, pero ¿hasta qué punto se pueden subir fotos o vídeos, dar opiniones o mencionar a la empresa en las redes sociales?
El uso de las redes sociales como LinkedIn, WhatsApp, Twitter, Tik Tok, entre otras, es algo cotidiano que hacemos a golpe de clic desde cualquier lugar y dispositivo, sin pararnos a pensar en su trascendencia.
Las personas estamos constantemente conectadas a las plataformas dentro y fuera del trabajo. El poder de las redes sociales no ha pasado desapercibido, y cada vez es más habitual que las empresas utilicen sus redes sociales para:
- Presentarse
- Lanzar sus productos y servicios
- Acercarse a sus clientes
- Realizar campañas
De esta forma, pueden posicionarse en el mercado frente a sus competidores.
Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que un uso o abuso de las redes sociales se puede convertir en un punto de conflicto entre el trabajador y la empresa. Ya que, sin darnos cuenta, estas publicaciones pueden tener un alto impacto mediático y reputacional.
Guía para regular el uso de las redes sociales en la empresa
El hecho de que no exista una norma sobre cómo gestionar las redes sociales tampoco implica que el trabajador goce de libertad absoluta a la hora de compartir información o dar opiniones a través de sus redes.
Y, por otro lado, la empresa únicamente está facultada para vigilar por el cumplimiento de las obligaciones y deberes laborales, como reconoce el art. 20 del Estatuto de los Trabajadores.
Toda información que se sube a las redes puede tener una repercusión o un impacto negativo derivado de un desafortunado comentario.
Con el fin de evitar estas prácticas, es conveniente que las empresas cuenten con una guía o normas en las que se indique cómo utilizar las redes sociales de forma positiva, llevando a cabo una interiorización y entendimiento de los beneficios de su buen uso, considerándolo como un canal más de comunicación de interacción con sus empleados y clientes, y respetando, en todo caso, la esfera personal del trabajador.