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¿Se puede despedir a un trabajador por insultar al jefe?

Ignacio E. Alén
Para que ofensas verbales como insultar al jefe puedan ser causa de despido disciplinario, deben concurrir los requisitos de gravedad y culpabilidad
Insultar al jefe representa un claro riesgo de despido

La tensión es, en multitud de empresas, consustancial a la actividad que se realiza. Una fuente de incidentes que, en ocasiones, alcanza situaciones del todo inadecuadas. Insultar al jefe es una de las más graves, un contexto que sitúa al trabajador ante un escenario de difícil gestión.

Ahora bien, ¿se puede despedir a un trabajador por insultar al jefe?

El despido disciplinario es la más grave de las sanciones que el empresario puede imponer al trabajador en el orden laboral. Se ejecuta en aplicación del poder disciplinario que le reconoce el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores y ha de ser, pues, objeto de una interpretación restrictiva.

Ello implica que, antes de adoptar la decisión de despido por insultar al jefe, han de valorarse los antecedentes y circunstancias concurrentes en relación con la conducta del trabajador. Será así como se determine si dicha conducta es merecedora o no de una sanción como la de extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario.

Ni herir ni injuriar

En el artículo 20 de la Constitución se reconoce, entre otros, el derecho a la libertad de pensamiento o ideas. Pero no a los insultos o calificativos degradantes, que pueden estar tolerados en el contexto de una conversación amistosa, en ningún caso con la intención de herir e injuriar a quien se dirige.

Las ofensas verbales, por tanto, deben comportar una gravedad y culpabilidad suficiente para entender que la convivencia entre ambas partes no resulte ya posible dentro de las empresas.

Insultar al jefe no tiene que ser una acción reiterada

Del mismo modo, hay que señalar que no es necesario que la conducta grave y culpable sea reiterada, pudiendo bastar con una aislada, siempre y cuando se valore la misma en su conjunto, teniendo en cuenta los hechos sucedidos con anterioridad o en ese mismo momento.

En conclusión, para que las ofensas verbales como insultar al jefe puedan ser causa de despido disciplinario, deben concurrir los requisitos de gravedad de los hechos cometidos y la culpabilidad, por lo que debe existir un claro ánimo de injuriar a cargo del trabajador. Y siempre teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad a la hora de imponer la máxima sanción disciplinaria, valorando de forma pormenorizada las posibles causas que atenúen la gravedad de la ofensa, y en su caso, la actuación empresarial más o menos correcta.

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