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El mercado de alquiler turístico en España ha experimentado un notable incremento en los últimos años. Sin embargo, este crecimiento acelerado ha generado diversos retos, entre los que destacan la aparición de alojamientos sin regular, la competencia desleal y los problemas de convivencia en las zonas más turísticas. Para responder a estas dificultades, el Gobierno ha promulgado una nueva regulación para viviendas turísticas.
En concreto, se trata del Real Decreto 1312/2024, que entró en vigor el pasado 2 de enero, con el fin de poner en marcha un Registro Único Nacional de Viviendas Turísticas. Si bien, las disposiciones de este decreto despliegan efectos a partir del 1 de julio de 2025, otorgando un plazo suficiente para realizar las adaptaciones tecnológicas y funcionales necesarias por parte de todos los actores implicados en el cumplimiento de la nueva regulación para viviendas turísticas.
¿En qué consiste el Registro Único Nacional de Viviendas Turísticas?
Se trata de una base de datos centralizada que reúne información de todas las propiedades que se destinan al alquiler turístico en el territorio nacional. Cada una de ellas recibirá un código de identificación obligatorio, el cual deberá reflejarse en cualquier anuncio difundido en plataformas como Airbnb, Booking, Vrbo o Idealista.
Objetivos de la nueva regulación para viviendas turísticas
- Asegurar que todas las viviendas turísticas actúen de acuerdo con la normativa aplicable (local, autonómica y estatal).
- Ofrecer a los inquilinos la tranquilidad de saber que los alojamientos cumplen con requisitos mínimos de calidad, seguridad y habitabilidad.
- Establecer condiciones de igualdad entre los distintos operadores turísticos.
- Contribuir a paliar los efectos negativos que puede acarrear el turismo masivo, como la subida de los alquileres o la gentrificación.
- Garantizar que todas las viviendas turísticas cumplan con sus obligaciones tributarias.
¿Quiénes deben inscribirse?
La normativa afecta a todas las personas o empresas que destinen inmuebles al alquiler con fines turísticos, sean en ocasiones puntuales o de forma estable. Comprende:
- Inmuebles Completos Arrendados a Turistas. Cualquier propiedad que se alquile en su totalidad a turistas, independientemente de la duración del alquiler.
- Habitaciones dentro de una Vivienda Habitual. Incluye el alquiler de habitaciones individuales dentro de una vivienda que es la residencia habitual del propietario.
Incluso quienes ya cuenten con un registro autonómico deberán actualizar sus datos en el Registro Único Nacional para unificar la información a nivel estatal.
¿Cómo inscribir una vivienda turística?
El trámite para registrarse es telemático y se realiza a través del portal que el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU). El proceso comprende los siguientes pasos:
- Visita el sitio habilitado por el MIVAU y localiza la sección de Registro de Viviendas Turísticas.
- Crear una cuenta. Se admite el DNI electrónico, certificado digital o la clave de identificación electrónica.
- Completar el formulario en línea.
- Aportar la documentación requerida. Por regla general, será necesario presentar:
- Título de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Certificado de habitabilidad o licencia de ocupación.
- Certificado de eficiencia energética.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Documento de identidad del propietario.
- Obtener el código de registro. Tras completar los pasos anteriores, el sistema asigna un código identificativo que deberá figurar en todo anuncio que se publique en plataformas de alquiler.
- Plazo para inscribirse. La norma concede hasta el 1 de julio de 2025 para realizar este proceso sin exponerse a sanciones.
Comunicación del Número de Registro a las Plataformas en Línea
- Esta comunicación incorporada en la nueva regulación para viviendas turísticas debe realizarse de la siguiente manera:
- Este número debe mostrarse claramente como parte de los anuncios antes de permitir la oferta de los servicios de alquiler.
- En caso de que se produzca algún cambio en la información aportada sobre las unidades, las personas arrendadoras deben actualizar dicha información y comunicar cualquier cambio relevante.
- Las plataformas en línea tienen la responsabilidad de:
- Incluir en sus aplicaciones funcionalidades que permitan a los arrendadores identificar las unidades ofrecidas mediante el número de registro asignado.
- Asegurarse de que los arrendadores faciliten el número de registro y que este se muestre claramente en los anuncios.
- Llevar a cabo comprobaciones aleatorias y periódicas de las declaraciones de los arrendadores, a través de la consulta con la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
- Las plataformas en línea deben transmitir los datos de actividad por unidad, junto con el número de registro facilitado por los arrendadores, la dirección específica de la unidad y las URL de los anuncios publicados en sus plataformas, a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
Posibles sanciones de la nueva regulación para viviendas turísticas
Las infracciones de esta nueva regulación para viviendas turísticas pueden derivar en sanciones considerables, entre las que destacan:
- Multas de hasta 30.000 euros por ofrecer un alojamiento turístico sin registro.
- Suspensión de los anuncios en las plataformas digitales.
- Clausura temporal o definitiva de la actividad.
Si necesita ayuda para aclarar alguna consulta relacionada con esta la regulación para viviendas turísticas, puede ponerse en contacto con el equipo de Derecho Civil de Vento Abogados & Asesores.