No es posible acusar a la empresa por un delito contra los derechos de los trabajadores

Como seguro que bien recordarán, la Ley Orgánica 5/2010 introdujo en nuestro Código Penal –artículo 31 bis- la responsabilidad penal de las personas jurídicas derogando uno de los principios de nuestro orden jurídico penal, esto es que las empresas no pueden cometer delitos.
