El uso masivo de redes sociales plantea nuevos retos jurídicos en el ámbito laboral, especialmente sobre el equilibrio entre la privacidad del trabajador y el control empresarial. Por ejemplo, ¿es posible usar TikTok para justificar un despido disciplinario?
La respuesta de los tribunales no es unívoca. Así, una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó la nulidad y declaró la improcedencia del despido de una trabajadora en situación de IT.
En dicho caso, la empresa había procedido a usar TikTok para justificar un despido disciplinario. ¿Por qué? La trabajadora, durante su baja médica por ansiedad y depresión, realizó viajes a Lisboa y Marrakech con una amiga, y esto se acreditó con las publicaciones de la amiga en TikTok en los que la trabajadora aparecía etiquetada.
La empresa accedió a dichos contenidos a través del perfil de una extrabajadora y decidió usar TikTok para justificar un despido disciplinario, sosteniendo que esas actividades resultaban incompatibles con su proceso de recuperación y constituían una conducta que podría prolongar injustificadamente la situación de IT.
La trabajadora presentó demanda solicitando la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales, en particular del derecho a la propia imagen, al considerar ilícita la obtención y uso de las pruebas.
El Juzgado de Primera Instancia estimó su pretensión, declaró la nulidad del despido y condenó a la empresa al pago de 7.501 euros en concepto de indemnización.

El TSJ de Cataluña abre la puerta a que se pueda usar TikTok para justificar un despido
Sin embargo, la empresa recurrió y el TSJ de Cataluña consideró que el hecho de que la trabajadora estuviera etiquetada en una publicación pública, la cual es notificada, y no adoptara ninguna medida para evitar su difusión suponía un consentimiento implícito.
Al no denunciar la publicación, ni solicitar su retirada, ni emprender acción legal alguna contra quien la compartió, su inacción se interpreta como aceptación de la difusión. En consecuencia, no existía una vulneración del derecho a la propia imagen.
Según el tribunal, tampoco existía ilicitud alguna en la actuación empresarial al usar TikTok para justificar un despido, ya que el uso de las imágenes fue «idóneo, necesario y proporcionado» para investigar una posible infracción laboral.
Ahora bien, el TSJ de Cataluña declaró improcedente el despido, ya que los viajes estaban prescritos como parte del tratamiento médico, y no se llegó a acreditar que perjudicaran en modo alguno su recuperación.
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