Las empresas que solicitaron estos créditos antes del 18 de noviembre podrán solicitar la extensión de los plazos hasta el 15 de mayo próximo
El Gobierno acaba de comunicar oficialmente la posibilidad de solicitar la extensión de plazos (carencia) de los préstamos Garantía ICO Covid solicitados antes del 18 de noviembre del 2020. Las empresas que quieran acogerse podrán tramitar su reclamación hasta el 15 de mayo próximo, siempre y cuando cumplan determinados requisitos.
Esta es la relación de requisitos planteada por el Ministerio de Asuntos Económicos:
- Que la operación de financiación avalada no esté en mora (impagada más de 90 días), ni tampoco lo esté ninguna de las financiaciones restantes otorgadas por la entidad al mismo cliente.
- Que el deudor no figure en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) en la fecha de formalización de la extensión.
- Que la entidad financiera no haya comunicado a la entidad concedente del aval ningún impago de la operación avalada con el deudor en la fecha de la formalización de la extensión.
- Que el deudor no esté sujeto a un procedimiento concursal.
- La financiación avalada se haya formalizado antes del 18 de noviembre.
Si la empresa beneficiaria del préstamo ICO cumple con estas condiciones, podrá beneficiarse de las siguientes ventajas:
- Se podrá solicitar carencia adicional de hasta 12 meses más sin ninguna repercusión en el coste de la operación.
- Se podrá solicitar ampliación de plazo hasta tres años más con un máximo de ocho años pero, si corresponde, se repercutirán los costes que aplique ICO por el incremento de su garantía (comisión +tipo de interés del préstamo).
Las empresas interesadas deberán ponerse en contacto con sus respectivas entidades financieras para que gestionen la tramitación de la extensión.
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