La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el abuso de la temporalidad en el sector público español ha generado un gran número de preguntas entre los miles de trabajadores temporales que desean conseguir dar el paso de interino a fijo.
Muchos de ellos se encuentran, actualmente, participando en los procesos de consolidación de empleo que se han puesto en marcha tras la aprobación del RD-ley 14/2021 y la Ley 20/2021.
Con respecto a estos procedimientos, la Justicia Europea señala que los diferentes procesos de consolidación de empleo temporal no constituyen una medida adecuada y disuasoria para sancionar debidamente la utilización abusiva de contratos temporales. De ahí que muchos trabajadores públicos se pregunten qué efectos puede tener la sentencia en los procesos de consolidación que ya se han convocado y si es posible demandar la fijeza en los tribunales, aunque ya se esté participando en algún proceso de estabilización.
¿Qué dice la sentencia del TJUE?
El dictamen del TJUE ha sido calificado como histórico porque considera que España ha incumplido el derecho europeo, en concreto, la Directiva 1999/70/CE, que establece que han de prevenirse los abusos de temporalidad en el empleo. Pero el Tribunal de Luxemburgo no se limita a declarar este incumplimiento, sino que también considera que:
- La figura del indefinido no fijo creada por el Tribunal Supremo para combatir la temporalidad, no deja de ser un tipo de empleado público temporal.
- La jurisprudencia de los tribunales españoles debería modificarse aplicando lo estipulado por la directiva y lo establecido por la sentencia, aunque entre en colisión con postulados constitucionales.
- La indemnización por despido de 20 días por año trabajado aprobada en 2021 no es eficaz ni resarce a los empleados públicos que fueron temporales durante años.
- Los procesos de consolidación, la otra gran medida para luchar contra la temporalidad que se puso en marcha en 2021, también han demostrado ser ineficaces para evitar los abusos.
- La conversión de interino a fijo de los trabajadores que han sufrido abusos de temporalidad podría ser una medida idónea.
¿Se deben paralizar los procesos de consolidación que se están desarrollando actualmente?
Como el TJUE ha puesto en duda la eficacia de los procesos de consolidación que ya se han ido poniendo en marcha, desde diferentes ámbitos se ha sugerido la paralización de los mismos hasta que la jurisprudencia o el Estado resuelva el entuerto creado por la sentencia.
Todo ello ha motivado la intranquilidad de miles de personas incursas en estos procesos de consolidación.
Desde el Área Laboral de Vento Abogados & Asesores, esta posibilidad no la contemplamos por tres grandes motivos:
- La sentencia del TJUE no ha declarado la nulidad de estos procesos, ni que los mismos no sean ajustados a derecho.
- Debemos recordar que el origen de los procesos de consolidación se encuentra en normas con rango de Ley, como el RDL 14/2021, la Ley 20/2021 y con posterioridad el art. 217 del RDL 5/2023, y no nos consta que las mismas hayan sido anuladas por el Tribunal Constitucional, por lo que su eficacia permanece intacta.
- La mayoría de los procesos de consolidación están tan avanzados que ya se han creado derechos a favor de todos los aspirantes, por lo que su paralización o anulación constituiría para la Administraciones Públicas un verdadero quebradero de cabeza.
¿Se puede solicitar la conversión de interino a fijo si ya se participa en un proceso de estabilización?
Por supuesto. Desde el equipo de Laboral de Vento consideramos que la sentencia del TJUE es una oportunidad añadida de poder obtener la estabilidad en el puesto que una persona lleva ocupando desde hace años en situación irregular. O, lo que es lo mismo, conseguir la conversión de interino a fijo.
Como dice con acierto el Tribunal, la participación en los procesos de consolidación no conlleva la obtención de una plaza, y puede que la persona en abuso pierda su empleo.
Nosotros añadiríamos que, aunque obtenga plaza en el proceso, quizá no sea la que ocupa actualmente, y se vea obligada a un traslado.
Es por ello que recomendamos simultanear la participación en los procesos de consolidación con la interposición inmediata de la demanda, solicitando la fijeza en el puesto actualmente desempeñado.