La Xunta de Galicia acaba de publicar las ayudas a la contratación y la formación, a autónomos y empresas para el año 2022 (Plan Galicia Emplea). Todo el equipo de Vento Abogados & Asesores está preparado para tramitar las subvenciones de modo inmediato y de forma sencilla para los solicitantes.
Autónomos y empresas pueden solicitar estas ayudas a la contratación y la formación hasta el 30 de septiembre de 2022.
La partida presupuestaria es de 12.450.000 €, por lo que una vez agotada la partida no se podrá acceder a la subvención.
1. Beneficiarios
Autónomos y empresas con cualquier forma jurídica, incluso Centros Especiales de Empleo (excepto para contratos con personas con discapacidad). Los requisitos son:
- Tener domicilio social y fiscal en Galicia.
- Estar al corriente con AEAT, Seguridad Social y no tener deudas con la administración autonómica de Galicia.
- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente cumplimentados de acuerdo a la legislación mercantil.
Solo para contrataciones en centros de trabajo radicados en Galicia.
Las empresas con 50 o más trabajadores deberán cumplir la reserva de cupo del 2% para personas con discapacidad o cumplir con las medidas de carácter excepcional establecidas en la norma.
Están excluidas las sociedades civiles; las comunidades de bienes y las personas socias o comuneras que las integran; y las personas autónomas colaboradoras.
También están excluidas las hayan solicitado o se encuentren en concurso de acreedores (excepto las que hayan alcanzado un convenio).
2. Destinatarios
Se subvenciona la contratación de personas jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración y personas con discapacidad (mínimo 33%) o en riesgo de exclusión social.
Entran en esta convocatoria las personas contratadas desde el día 1 de octubre de 2021 y que cumplan todas las demás condiciones.
3. Ayudas a la contratación y la formación
Hay cuatro tipos, compatibles entre ellos.
- Subvención para la contratación indefinida inicial (a tiempo completo o parcial).
- Subvención para la contratación temporal.
- Incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos.
- Incentivos a la formación (opcional) dirigida a las personas contratadas mediante contratación indefinida inicial y temporal con estas ayudas. Para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo. Puede ser formación impartida por la propia empresa o autónomo o por entidades externas. Esta ayuda para personas autónomas puede llegar hasta a 4.000 €.
No podrán beneficiarse aquellas entidades que recibiesen otras ayudas similares de más de 200.000 € en un período de tres ejercicios fiscales. Para las empresas del sector de transporte de mercancías por carretera, este límite se reduce a 100.000 €. Mientras que para el sector de la pesca el límite es de 30.000 € y para el sector agrícola de 20.000 €.
4. Cuantías
- Contrataciones indefinidas:
- Primera contratación: 4.000 € o 6.500 €.
- Segunda y tercera contratación: 6.500 €.
- Si la contratación es de una persona desempleada de larga duración; con discapacidad; personas en situación o riesgo de exclusión social las ayudas serán de 6.500 € y 9.000 € respectivamente.
- Estas cuantías resultantes se incrementarán en un 25 % en los siguientes casos:
- Si la persona incorporada es una mujer.
- Si el centro de trabajo (o domicilio fiscal) está en un concello rural (todos menos Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo).
- La persona sea mayor de 45 años.
- Si la persona incorporada es emigrante retornada.
- Personas trans.
- Profesiones y oficios en los que la mujer está subrepresentada.
La cuantías pueden llegar a 16.250 € para la primera contratación y hasta 22.500 € para la segunda y tercera.
5. Obligaciones
Hay que mantener en plantilla a la persona contratada durante 18 meses.
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